Supervisión preventiva (supervisión preventiva)
La autoridad supervisora decide intervenir en las actividades de una entidad o compañía de seguros para evitar consecuencias perjudiciales para la propia empresa y el sistema financiero. Con la Ley de Refuerzo de la Supervisión de los Mercados Financieros y de los Seguros, que entró en vigor en el verano de 2009, se otorgaron a la autoridad supervisora las correspondientes competencias de gran alcance. – Véase manía reguladora, exceso de regulación, reglamentación, sobrerregulación. -Cf. Informe anual 2010 del BaFin, p. 141 y siguientes (detalles).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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