Solvencia
En el sentido de liquidez, la capacidad de un deudor para pagar sus obligaciones a su vencimiento, sinónimo de liquidez. – Las deudas de una empresa indicadas como porcentaje de sus fondos propios más el capital de préstamo. – La relación entre el importe del préstamo y del capital social preferente, por un lado, y el importe nominal del capital ordinario, por otro. – En el caso de una entidad, la obligación (según el artículo 10 de la Ley bancaria alemana) de mantener un capital propio adecuado para hacer frente a sus obligaciones con los clientes. En detalle, Basilea II exige especificaciones precisas para los riesgos individuales. – En los seguros de vida, la relación entre los fondos propios disponibles y la reserva actuarial. – Véase Basilea-III, solidez financiera, capital básico, liquidez, formas de liquidez, riesgo de liquidez, riesgo, evaluación del riesgo y la solvencia, propiedad, regulación de la solvencia, solvencia, riesgo de solvencia, acciones comunes. – Cf. Informe anual 2006 de BaFin, p. 125 y s. (curso de la solvencia; visión general), Informe anual 2007 de BaFin, p. 90 y s. (ratio de cobertura satisfactoria de aseguradoras y reaseguradoras), p. 127 y s. (obligaciones de información desde principios de 2008), Informe mensual del BCE de agosto de 2013, p. 102 y s. (sobre el análisis de la solvencia en los bancos, presentación de libro de texto; muchas visiones generales y referencias a la literatura).
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El profesor universitario Dr. Gerhard Merk, Dipl.rer.pol., Dipl.rer.oec.
El profesor Dr. Eckehard Krah, Dipl.rer.pol.
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